Distribución de los escaños por el Jurado Nacional de Elecciones según la Constitución de 1993
"TERCERA.-
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) distribuye los escaños en cantidad
de cuatro para Lima Provincias sin afectar la distribución nacional existente y
los seis escaños restantes conforme a ley.” (*)
(*) Disposición incorporada por el Artículo
Único de la Ley Nº 29402, publicada el 08 septiembre 2009. La citada reforma
constitucional entra en vigencia para el proceso electoral del año 2011.
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