Distribución de los escaños por el Jurado Nacional de Elecciones según la Constitución de 1993


"TERCERA.- El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) distribuye los escaños en cantidad de cuatro para Lima Provincias sin afectar la distribución nacional existente y los seis escaños restantes conforme a ley. (*)

(*) Disposición incorporada por el Artículo Único de la Ley Nº 29402, publicada el 08 septiembre 2009. La citada reforma constitucional entra en vigencia para el proceso electoral del año 2011.

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