Derecho a los Principios que regulan la relación laboral según la Constitución de 1993
Artículo 26.- En la relación
laboral se respetan los siguientes principios:
1. Igualdad de oportunidades sin
discriminación.
2. Carácter irrenunciable de los
derechos reconocidos por la Constitución y la ley.
3. Interpretación favorable al
trabajador en caso de duda insalvable sobre el sentido de una norma.
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