Derecho a la Paternidad Responsable y la igualdad de los hijos según la Constitución de 1993
Artículo 6.- La política nacional
de población tiene como objetivo difundir y promover la paternidad y maternidad
responsables. Reconoce el derecho de las familias y de las personas a decidir.
En tal sentido, el Estado asegura los programas de educación y la información
adecuados y el acceso a los medios, que no afecten la vida o la salud.
Es deber y derecho de los padres
alimentar, educar y dar seguridad a sus hijos. Los hijos tienen el deber de
respetar y asistir a sus padres.
Todos los hijos tienen iguales
derechos y deberes. Está prohibida toda mención sobre el estado civil de los
padres y sobre la naturaleza de la filiación
en los registros civiles y en cualquier otro documento de identidad.
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